martes, 8 de mayo de 2012


Departamento de Gestión Territorial:


Por Res MAG: Nº 700 “Que Crea el Departamento de Gestión Territorial”. Fecha: 11/05/2010, en reemplazo del Departamento de Operaciones de Campo.


FUNCIONES PRINCIPALES
1.    Hacer cumplir las directrices de la Coordinación Ejecutiva de la DEAg.

2.    Canalizar las informaciones técnicas y administrativas de las distintas jefaturas de la DEAg y de otras dependencias, programas y proyectos del MAG hacia las Gerencias Departamentales.

3.    Coordinar acciones técnicas – administrativas entre las Gerencias Departamentales y el nivel central de la DEAg.

4.    Impulsar conjuntamente con los Gobiernos Territoriales Departamentales y Municipales, la creación de las Mesas Departamentales de Coordinación Interinstitucional para el Desarrollo Agrario y Rural MECID-DAR.

5.    Apoyar su consolidación funcional como instancia de ordenamiento y coordinación de los servicios  y programas sectoriales del desarrollo agrario y rural.

6.    Actuar de órgano de coordinación y enlace técnico entre los Gobiernos Departamentales y Municipales y el MAG/SIGEST.

7.    Promover e impulsar la participación organizada de las comunidades locales en la gestión del desarrollo sectorial, creando condiciones institucionales efectivas para participación en los procesos agrarios locales.

8.    Promover y fortalecer alianzas público-privadas para el desarrollo agrario y rural en el ámbito territorial.

9.    Velar por el cumplimiento de las actividades y metas de los POAs del DGT, CDA y ALAT, a través del análisis de los informes y la evaluación desempeño del personal técnico a campo.

10. Detectar las necesidades de adiestramiento y de orientación del personal técnico-administrativo del Departamento, de los Centros de Desarrollo Agropecuario (CDA) y de las Agencias Locales de Asistencia Técnica (ALAT).

11. Gestionar los servicios de apoyo y de capacitación necesarios para el buen funcionamiento del departamento.

12. Organizar y gestionar materiales y útiles, equipos, mobiliarios, medios de movilidad, recursos operativos e insumos necesarios para la ejecución de los planes operativos (del DGT), de los Centros de Desarrollo Agropecuario (CDA).

13. Procesar y responder los expedientes derivados por la Coordinación Ejecutiva.

14. Elaborar informes y reportes periódicos de las actividades de su área y elevar a la Coordinación Ejecutiva.

15. Sugerir cambios, traslados, promociones y asignaciones del personal técnico-administrativo de los Centros de Desarrollo Agropecuarios (CDA).

16. Realizar cualquier otra función o actividad inherente al Departamento de Gestión Territorial no especificada precedentemente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario